NUEVA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL ESTABLECE REMUNERACIÓN INTEGRAL, ORDENADA Y TRANSPARENTE ACORDE CON SU LABOR PEDAGÓGICA

10 sept 2012 | Labels: , , , | |

Durante su presentación ante la Comisión de Educación del Congreso, la Ministra Patricia Salas O’Brien adelantó que con la Ley de Reforma Magisterial, la Remuneración Integra Mensual (RIM) de los docentes oscilará entre mil 243 (S/.1243) hasta 5 mil 183 nuevos soles (S/.5183).
Estos montos, señaló, se han calculado de acuerdo a una escala de remuneraciones ordenada y simplificada por jornadas de referencia de la labor pedagógica y permitirá a los docentes y a la ciudadanía en general saber a ciencia cierta cuánto gana un maestro y por qué, a diferencia de la antigua escala de remuneraciones de la Ley del Profesorado que está compuesta por 117 columnas que se prestan a muchas confusiones.
Precisó que a la RIM se sumarán las distintas asignaciones por trabajo en zonas rurales, en instituciones unidocentes o multigrado, el ejercicio de algún cargo directivo, aguinaldos y las asignaciones por tiempo de servicio por 20, 25 y 30 años; asimismo luto, sepelio y Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), entre otros rubros, añadió.
La Ley de Reforma Magisterial contempla asimismo una bonificación especial para los docentes que laboran en las instituciones educativas ubicadas en la zona de valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) por la situación particular de esa jurisdicción.
Salas O’Brian indicó que la RIM hace confluir conceptos importantes de la labor magisterial e incluye la planificación y preparación de clases, el desarrollo de la clase propiamente dicha, la evaluación de aprendizajes en los estudiantes, actividades extracurriculares asociadas a la labor de la escuela y la coordinación con padres de familia y la comunidad.
Informó también que el proyecto de LRM, plantea la elevación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del maestro al 14% anual, a diferencia de la anterior Ley de Carrera Publica que establecía un tope del 7%. La titular de Educación informó asimismo que el proyecto de LRM asegura el financiamiento de la Ley en dos tramos.
El primer aumento de la RIM empezará este año con la aprobación de la ley y el inicio de las evaluaciones extraordinarias para la reubicación de nivel de los docentes de ley del profesorado.
El segundo tramo será desde el año 2014, con la aplicación de asignaciones y bonificaciones nuevas por ruralidad, características de IIEE y cargos ocasionales y el 2015 cuando los maestros comiencen a postular a los ascensos, acotó. Todos los profesores nombrados o interinos se van a regir por estas disposiciones y en ningún caso el maestro perderá años de servicio si ocupa algún cargo directivo, como solía ocurrir con la Ley del Profesorado, precisó.
La ministra Salas fue enfática en asegurar que la LRM sí se constituirá en una forma permanente de mejora de la situación laboral y salarial de los maestros a los cuales les propuso asumir su gestión con compromiso y responsabilidad. Ningún docente, por aplicación de esta tabla recibirá menos de cien soles de incremento salarial luego de la aprobación de la ley y si así ocurriera se efectuará la nivelación correspondiente, subrayó, al tiempo que resaltó que las dos terceras partes de la RIM serán pensionables y tomados en cuenta para los distintos sistemas de jubilación actualmente vigentes. Aclaró también que los conceptos de niveles de carrera magisterial de una ley y otra son distintos, por lo tanto no se puede hablar de una degradación de niveles. En todo caso, dijo, generaremos un proceso de reubicación con su respectiva evaluación.


Con la nueva LRM un docente al jubilarse no recibirá menos de S/.828.7 pertenezca a cualquier de los sistemas de jubilación vigentes.

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